Donald Trump ordena eliminar ya, a carteles con sede en México

 Debemos hacer más que tratar de mitigar los enormes daños que estos grupos causan en Estados Unidos.

Donald J Trump presidente de los Estados Unidos asestó ayer un nuevo golpe en sus esfuerzos por eliminar definitivamente a los cárteles mexicanos y las organizaciones criminales transnacionales, a través de un memorándum para todos los empleados del Departamento de Estado.

Cuatro días después de la fecha en que el republicano pospuso la aplicación de aranceles del 25%, tras el acuerdo político alcanzado con la presidenta de México, Claudia Sheinbaum de enviar tropas mexicanas a la frontera con ese país, para frenar el flujo de migrantes, el mandatario volvió a arremeter ahora contra los que considera los enemigos de esa nación.

El 20 de enero de 2025, el presidente Trump ordenó al gobierno federal que revisara las estrategias existentes de seguridad nacional y antinarcóticos para lograr la eliminación total de los cárteles y las organizaciones criminales transnacionales (TCO).

Como oportunamente lo dio a conocer El Independiente, el pasado 3 de febrero, desde septiembre de 2020, Trump ya “tenía entre manos” eliminar a los carteles mexicanos, como son los casos del Cartel Jalisco Nueva Generación (CJNG), Cártel de Sinaloa, Cártel del Noreste, Cartel Unión, La Familia Michoacana entre muchas otras organizaciones criminales, encabezadas por “Los Chapitos”, “Los Mayitos”, Nemesio Oceguera “El Mencho” entre muchos grupos de alta peligrosidad.

No hay que olvidar que este es el segundo esfuerzo de Trump por eliminar a los carteles mexicanos, el anterior lo buscó en septiembre de 2020 cuando aún era presidente, pero después desistió de ese esfuerzo.

El republicano dijo que esta política requiere un cambio fundamental de mentalidad y enfoque.

“Debemos hacer más que tratar de mitigar los enormes daños que estos grupos causan en Estados Unidos.

No es suficiente detener la ola de venenos mortales, como el fentanilo, que estos grupos distribuyen en nuestra patria”, sostuvo.

En un documento de cinco cuartillas, el presidente Trump dijo que es necesario aprovechar los recursos del Departamento de Justicia y empoderar a los fiscales federales en todo el país para que trabajen urgentemente con el Departamento de Seguridad Nacional y otras partes del gobierno hacia el objetivo de eliminar estas amenazas a la soberanía de Estados Unidos.

Dicho memorando establece directivas e iniciativas para comenzar rápidamente con esos esfuerzos.

Documento: Departamento de Justicia de EE.UU.

I. PRIORIDADES DE ACUSACIÓN

Lograr la eliminación total de los cárteles y las organizaciones transnacionales requerirá recursos adicionales y decisiones de acusación bien pensadas por parte de los fiscales federales basadas en la coordinación con los socios encargados de hacer cumplir la ley.

Para los líderes y gerentes de los cárteles y las organizaciones transnacionales, los delitos más graves y fácilmente demostrables según la política general de acusación del Departamento incluirán típicamente delitos capitales, cargos de terrorismo, cargos de crimen organizado, delitos de empresa criminal continua según 21 U.S.C., §848, violaciones de la Ley de Designación de Cabecillas Extranjeros del Narcotráfico según 21 U.S.C. §1906, violaciones de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional según 50 U.S.C. § 1705 (IEEPA), y cargos por ametralladora según 18 U.S.C.§§ 924(c)(1)(B)(ii) y 924(o).

Por otra parte, en el marco de la política de eliminación total, a menudo será prudente buscar la expulsión de los Estados Unidos de un objetivo de investigación de bajo nivel que no tenga estatus migratorio, en lugar de incurrir en los costos de tiempo y recursos asociados con el procesamiento penal.

Además, establece que el Departamento está trabajando para eliminar estas amenazas del territorio nacional, rara vez será coherente con esta política buscar arrestos en el extranjero y extradiciones de objetivos que puedan ser elegibles para una válvula de seguridad o ajustes menores de funciones.

Esto último incluye arrestos en el extranjero de infractores de narcóticos de bajo nivel de conformidad con la Ley de Aplicación de la Ley Marítima de Drogas en virtud del Capítulo 705 del Título 46.

Los recursos actualmente dedicados a tales arrestos, incluso en la Unidad Marítima de la Sección de Narcóticos y Drogas Peligrosas, se redireccionarán hacia investigaciones que involucren inspecciones, interdicciones,  incautaciones y decomisos de buques de transporte comercial que transporten narcóticos, precursores químicos, productos derivados del petróleo y/o víctimas de trata y contrabando de personas.

Dichas actividades respaldan las operaciones de los cárteles y las organizaciones transnacionales, a menudo en violación de las sanciones de los EU.

DECISIONES DE ALTO NIVEL AL ESTILO TRUMP

En términos más generales, si bien las decisiones de imputación deben basarse en evaluaciones específicas de cada caso de los hechos y las pruebas, se deben evaluar los siguientes factores al considerar si se deben presentar cargos, arrestos o extradiciones de un objetivo de un cártel o una organización transnacional:

• Si el objetivo es un gerente o un líder de la organización

• Si el objetivo tiene vínculos significativos con los Estados Unidos, incluida la presencia física o la dirección de acciones en los Estados Unidos;

• Si la conducta del objetivo resultó en la muerte o lesiones a ciudadanos estadounidenses;

• Si la conducta del objetivo involucró terrorismo internacional según el Título 18 del Código de los Estados Unidos, § 2331(1)(A)-(B);

• La disponibilidad de respuestas no penales a la conducta del objetivo, incluida la expulsión de los Estados Unidos y las sanciones económicas; y

• Cualquier delito violento previo conocido o sospechado cometido por el objetivo.

En la mayoría de los casos, las Fiscalías de los Estados Unidos, en colaboración con las fuerzas del orden federales, estatales y locales, liderarán la acusación contra los cárteles y las organizaciones transnacionales.

Esos equipos deben tener acceso total e inmediato a los cargos más graves y amplios que el Congreso ha puesto a disposición para los tipos de conducta en cuestión.

Por ejemplo, algunos cargos de terrorismo y violaciones de la IEEPA dirigidos contra terroristas globales especialmente designados (SDGT, por sus siglas en inglés) permiten a los fiscales proceder contra miembros y asociados de cárteles y organizaciones transnacionales en ausencia de un nexo específico con el tráfico de drogas o la importación de contrabando a los Estados Unidos.

Por lo tanto, los cambios establecidos a continuación serán implementados por un período de 90 días y renovado o hecho permanente posteriormente según lo considere apropiado la Oficina del Fiscal General y la Oficina del Fiscal General Adjunto:

CASTIGARÁN CRÍMENES GRAVES

CRÍMENES CAPITALES.

La revisión obligatoria previa a la acusación para delitos que califican para pena capital de conformidad con el Manual de Justicia § 9-10.060 se suspende para los casos que involucran acusados que presuntamente son miembros o asociados de cárteles o TCO.

Dichos casos presentan «circunstancias atenuantes» dentro del significado de esa disposición porque «abordan preocupaciones de seguridad pública».

Lo cierto es que establece que el Fiscal de los Estados Unidos o el Fiscal General Adjunto autorice la presentación de dichos cargos debe cumplir con todos los demás aspectos del Manual de Justicia § 9-10.060, incluso proporcionando un aviso previo a la acusación a la Sección de Casos Capitales y presentando el caso para revisión antes de presentar un aviso de intención de solicitar la pena de muerte.

Fuente: Departamento de Estado.

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